Debida diligencia: el primer filtro contra el lavado de activos
Ningún vínculo comercial o contractual puede iniciarse sin cumplir el proceso completo de debida diligencia. Esa es la regla que aplica a directivos, empleados, contratistas, proveedores y clientes.
Ningún vínculo comercial o contractual puede iniciarse sin cumplir el proceso completo de debida diligencia. Esa es la regla que aplica a directivos, empleados, contratistas, proveedores y clientes dentro del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Ocensa (SAGRILAFT).
El manual identifica señales de alerta concretas que deben encender las alarmas. Una de ellas ocurre cuando una contraparte intenta ocultar su verdadera identidad, por ejemplo, pidiendo que un contrato se firme a nombre de un tercero. Frente a esto la regla es clara, la compañía debe identificar siempre al beneficiario final y no puede vincularse con quien oculta su identidad.
Otra señal de alerta es la presión para saltarse el formulario de vinculación, con excusas como “no hay tiempo” o “confíe en mí”. Sin la debida diligencia completa, Ocensa no inicia ninguna relación contractual, es el primer filtro de la compañía contra el lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamiento de armas de destrucción masiva.
Cualquier señal de alerta debe reportarse de inmediato a través de la línea ética o el portal de Ocensa. Toda denuncia de buena fe es confidencial y está protegida.